Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la Abogada ELIETH MATA GARCÍA, Defensora Pública Octava, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública Penal, del estado Zulia, extensión Cabimas; actuando con el carácter de Abogada Defensora del Imputado ALEXANDER JOSÉ OLIVARES MARIN, en contra de la Decisión No. 161-14, de fecha 13-10-2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas.
SEGUNDO: ADMISIBLE el escrito de contestación presentado por la Abogada MARIBEL CARRILLO CORONEL, en su carácter de Fiscala Provisoria Cuadragésima.....