DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Control Nº 11, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley: ACUERDA al ciudadano GRACIANO ENRIQUE RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad 16.768.428, la Suspensión Condicional del Proceso por el Lapso de 3 Meses, por el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto en el Artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, debiendo cumplir con las siguientes condiciones:
- La de residir en un lugar determinado, razón por la cual no podrá cambiar de domicilio sin previa notificación al Tribunal y al delegado de prueba.
- Permanecer en un trabajo estable.
- No verse involucrado en otro hecho delictivo
- Realizar tres trabajos comunitarios en el CONSEJO COMUNAL SECTOR TINO CARRASCO DONDE VIVE, uno MENSUAL, que no obstruya su jornada laboral, pudiendo ser fines de semanas; y se les solicita informe de cumplimiento.....