Por las razones dichas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO POR DIVORCIO, y de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos FRANCISCO JAVIER OLARTE y ESTHER EDITH CORONA MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-4.707.853 y V-5.711.260, respectivamente, domiciliados el primero en la Urbanización Nueva Venezuela, Casa No. 52-04, Avenida G, Calle 10-F, y la segunda en la Urbanización Libertad, Calle Páez, Casa N° 88, ambas direcciones en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y que estos contrajeron por la antes Prefectura del Distrito Lagunillas del Estado Zulia, en fecha doce (12) de noviembre del año mil novecientos ochenta y uno (1.981).