Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente . Y así se declara.
DISPOSITIVA
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA DE OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION que intentara ciudadano ANITO USECHE FERNÁNDEZ, en contra de la ciudadana JAMILEE COROMOTO OCHOA PAZ a favor de los niños USECHE OCHOA, en consecuencia, el Tribunal resuelve fijar como Obligación de Manutención: