este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor de las imputadas ZORAIDA CHIQUINQUIRÁ RODRÍGUEZ URDANETA Y MICHELE DE LOS ANGELES MENNELA RODRÍGUEZ, por la presunta comisión del delito de de ESTAFA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 462 del Código Penal, en concordancia con el articulo 80 ejusdem, cometido en perjuicio de SUPERMERCADO MERCASA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 Ordinales 1 y 2 del Código Orgánico procesal penal en concordancia con el articulo 256, ordinal 3° Ejusdem, la cual consiste en presentaciones cada Treinta(30) días por ante este Tribunal de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. En relación a la solicitud de la defensa quien pide .....