DISPOSITIVA.
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la Cuestión Previa del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, ordinal 1°, relacionado con la incompetencia del Juez para conocer la demanda de Desalojo opuesta por Leonor Pérez González contra Sociedad Mercantil Javelin, C.A.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida en la incidencia planteada.
TERCERO: Por cuanto la presente decisión se encuentra fuera de lapso se ordena la notificación de las partes, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimi.....