en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar sus condiciones como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus LUIS MANUEL MARCANO a los ciudadanos: JOAQUINA MARIA SANTOS de MARCANO, LUIS ALBERTO MARCANO SANTOS y ANDREINA DEL VALLE MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 13.192.987, V- 15.422.396 y V- 18.144.490, respectivamente, en su condición de esposa e hijos del finado antes mencionado.-