Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha cinco (5) de Noviembre de 2014 por el abogado en ejercicio Valmore Barrera Gonzalez, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 46.637, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil TRANSPORTE UNIZULIA, C.A, representación que se evidencian de instrumento poder que se encuentra agregado a las actas y el abogado Gustavo Herrera, inpreabogado N° 203.881 asistiendo al ciudadano ENRIQUE ALEJANDRO RAGA en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal  una  vez   analizadas   los   términos   en   los  cuales fue redactada la  presente transacción en la cual la parte demandada paga al demandante la cantidad de veinticuatro mil novecientos cuarenta y seis bolívares (Bs. 24.946,00).  Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Boliv.....