DISPOSITIVO
Por lo anteriormente expuestos éste TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y como consecuencia de ello la extinción del proceso, así como el archivo definitivo del presente asunto.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo.
TERCERO: NOTIFÍQUESE de la presente decisión a la parte recurrente Sociedad Mercantil MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A., (MERCAL).
CUARTO: NOTIFÍQUESE de la presente decisión al Procurador (a) General de la República.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del año dos mil trece (2013).-.....