PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto en fecha 3 de noviembre de 2011, por la sociedad de comercio SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNACIONAL C.A., contra la sentencia dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, en fecha 02 de noviembre de 2011, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JONY DANIEL OSPINO SALCEDO, contra SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNACIONAL C.A. SEGUNDO: CONFIRMA por los motivos expuestos, la procedencia de la presente acción de amparo constitucional ejercida contra SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNACIONAL C.A.. TERCERO: SE CONDENA en las costas procesales del recurso a la parte recurrente.