Tribunal Primero de primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado GREGORI JOSÉ ARRIETA BAPTISTA, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo - Estado Zulia, fecha de nacimiento: 12-10-1981, de 26 años de edad, de estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Mesonero, Cédula de Identidad: No. V-15.747.977, hijo de FRANKLYN ARRIETA (V) y MARIA ISABEL BAPTISTA (V), y con residencia en el Barrio Colina del Sur, al lado de la Urb. Villas del Sur, calle 128B, casa 34-123, Sierra Maestra, telf. 0261.734.1688 por su presunta participación en el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, Previsto y Sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en relacion al delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE F.....