CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por los ciudadanos YENNY JOSEFINA FUENMAYOR Y EUDO ANDRADES ROO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nos. V-16.119.170 y V-14.208.566 respectivamente; de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A. Del Código Civil Vigente.---------------------
2) En cuanto la Patria Potestad del niño y/o adolescente EUDEBERTH ENRIQUE ANDRADES FUENMAYOR, será compartida por ambos progenitores.-------------------------------------------------------------------
3) La Guarda del mismo será ejercida por su progenitora, la ciudadana YENNY JOSEFINA FUENMAYOR.------------------------------------
4) En relación al Régimen de Visitas, este, será para el progenitor, quien podrá visitar a su menor hijo las veces que así lo desee, siempre y cuando no interrumpa las labores escolares y horas de descanso del mismo. Así mismo, podrá llevarlo de paseo los días feriados y vacaciones. En cuanto a l.....