DECLARA.-
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la sentencia dictada en contra de los penados LEONARDO JOSE TORRES, Venezolano, natural de Ciudad Cabimas, Estado Zulia, fecha de nacimiento 21-08-78, de 31, años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio Electricista, titular de la Cèdula de Identidad No. 15.239.181, hijo de José Carrasqueño y Blanca Torres, residenciado en Puerto Escondido, calle La Muñeca, casa S/N, diagonal a la Bodega La Sonrisa, Municipio Santa Rita Estado Zulia, Municipio Lagunillas, Estado Zulia, por la comisión del delito de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO DE ENERGIA ELECTRICA, previsto y sancionado en el Artículo 425, Ordinales 1º y 8º del Código Penal, cometido en perjuicio de la Empresa ENELCO, mas las accesorias de Le.....