Por los fundamento antes expuesto, este JUZGADO TERCERO DE JUICIO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, y por Autoridad de la Ley, a) Declara CON LUGAR la solicitud realizada por el profesional del Derecho. FREDDY URBINA, actuando en su carácter de Defensor del Acusado. ANDRY DAVID FEREIRA ORTIGOZA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código penal, cometido en perjuicio del ciudadano. JHONNY TORRES TORRES, de conformidad con el artículo 164 de nuestro Código Orgánico Procesal Penal y se acuerda celebrar el juicio oral y público de la presente causa en forma UNIPERSONAL en virtud de la solicitud efectuada por la acusada de autos y su Defensor y e consecuencia ACUERDA fijar el Juicio Oral y Público de Manera Unipersonal, para el día 28-11-08, a las Dos (02:00) de la tarde. ASI SE DECLARA.-
Regístrese y Notifiques la presente causa.-
EL JUEZ TERCERO DE JUICIO
DR. JOSE DOMINGO MARTINEZ LU.....