PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Calificación de Despido intentada por el ciudadano HENRY ANTONIO GUILLEN contra la Empresa Sociedad Mercantil SONOTEST.
SEGUNDO: Se ordena a la empresa accionada reenganchar al ciudadano HENRY ANTONIO GUILLEN FLORES, en las mismas condiciones trabajo en que se encontraba al momento del despido, es decir como Inspector de Buceo.
TERCERO: Se ordena igualmente a la perdidosa a pagar los salarios caídos del trabajador desde el momento del despido, es decir el 17-09-2003, hasta la efectiva reincorporación a sus labores, con todos los beneficios que hayan otorgado las Leyes de la República, como si no hubies.....