Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acto procesal de Desistimiento formulado por la Abogada DORIS CECILIA RUIZ GONZÁLEZ, en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA), el cual adquiere fuerza de cosa juzgada. Archívese el expediente.-
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Superior Segundo Estadal en lo Contencioso.....