este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana: LUISANA COROMOTO FIGUEROA BASTARDO, titular de la cédula de identidad N° V-24.105.751, contra la Sociedad Mercantil ALIMENTOS POR PESO MARGARITA, C.A, ambos plenamente identificados. SEGUNDO: Se condena a la demandada Sociedad Mercantil ALIMENTOS POR PESO MARGARITA, C.A, pagar al demandante LUISANA COROMOTO FIGUEROA BASTARDO, la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIUN BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs.4.321,56), más lo que resulte del bono de alimentación, los intereses de mora e indexación en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión TERCERO: Se condena en costas a la demandada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Le.....