PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la decisión de fecha 21 de julio de 2015, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que sigue el ciudadano ILME RUBEN SANDREA LEAL en contra de las sociedades mercantiles SERVICIOS KOJORO, C. A., e INVERSIONES OKINAWA C. A., en consecuencia, se condena a las codemandadas a pagar al actor la cantidad de bolívares 171 mil 942 con 38 / 100 céntimos por concepto de indemnización establecida en el artículo 130, numeral 5, de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y la cantidad de bolívares 60 mil por concepto de daño moral, más intereses moratorios y la corrección monetaria. TERCERO: SE MODIFICA el fallo apelado. CUARTO: NO HAY CONDENA EN COSTAS PROCESALES.