PRIMERO: SE ADMITE EL CAMBIO DE SANCIÓN SOLICITADA EN EL ESCRITO ACUSATORIO, por las razones que fueron expresadas de manera oral en este acto por la Representante del Ministerio Publico Dr. OSCAR CASTILLO ZERPA, en contra de los adolescentes (IDENTIDADES OMITIDAS), por la presunta comisión de los delitos de de INCENDIO AGRAVADO, previsto y sancionado en el segundo aparte artículo 343 del Código Penal Venezolano, con la agravante establecida en el artículo 354 ejusdem, DESTRUCCIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 78 de la Ley Contra La Corrupción, Y TERRORISMO, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley contra la Delincuencia Organizada; y ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, cometido en perjuicio del ciudadano INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS-ZULIA (SEDE SANTA BÁRBARA) Y EL ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: VISTA LA ADMISIÓN DE HECHOS expuesta por los acusados antes mencionado, l.....