Se declara SIN LUGAR la solicitud efectuada por la abogada MILAGROS MORALES, Defensora Pública Décima Séptima de la Unidad de la Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en su carácter de Defensora del Imputado ALEJANDRO ANTONIO MORALES NAVARRO, y en el cual solicita a este Juzgado, que en virtud de terner su defendido mas de dos (02) años detenido que de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del Código Procesal Penal, se le otorgue su inmediata libertad. y así evitar el eventual fraude a la ley.