: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano abogado LANNY ROJAS, inscrito en el Inpreabogado N° 181.372, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano LUÍS GUILLERMO MAVAREZ LUGO, en contra de la decisión N° 5C-3780-12, dictada en fecha 29 de octubre de 2012, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual NEGÓ la entrega material del vehículo, el cual posee las siguientes características: Marca: Jeep, Modelo: Cherokee, Año: 1991, Color: Negro; Placas: AAI25L, Uso: Particular, Serial de Carrocería: 8YEFJ28VXMVV068437, solicitado por el ciudadano LUÍS GUILLERMO MAVAREZ LUGO. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 428 literal "b" y 440 del Código Orgánico Procesal Penal y 156 del Texto Adjetivo Penal.