Seguidamente el tribunal Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado ejecutivamente el bien señalado y descrito con anterioridad por la cantidad de VEINTICINCO MILLONES DE BOLIVARES (BS.25.000.000,oo). Asi mismo se procede a tomarle el juramento de Ley al ciudadano RAFAEL GUTIERREZ, ya identificado, en su condicion de representante legal de la depositaria Judicial Santa Maria C.A (DEPOSACA), y a quien se le procederá a hacer entrega el bien embargado ejecutivamente en este acto, de la siguiente manera: ¿ Jura Usted cumplir fielmente con los deberes inherentes a su cargo? Contesto: " Si lo Juro". Seguidamente el tribunal procede a hacerle entrega del bien legalmente embargado en este acto en las condiciones antes mencionadas y manifestó recibirlo conformes. Siendo las doce y veinte minutos de la tarde se dio por terminado el presente acto. Termino se leyó y conformes firman, todos a exce.....