´DECISIÓN DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR, la demanda de NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, incoada por el ciudadano JUAN IGNACIO BRACHO PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.466.909, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra de los ciudadanos JESÚS ANTONIO BARRETO VILLEGAS, DIANA CAROLINA BARRETO SUÁREZ y RAMÓN EDUARDO IRAGORRI REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.103.160, V-17.085.589 y V-25.680.714 en ese orden, de este mismo domicilio.
• NULO la venta celebrada entre los ciudadanos JESÚS ANTONIO BARRETO VILLEGAS y DIANA CAROLINA BARRETO SUÁREZ, registrado ante el Registro Público del.....