Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante ANGEL SAUL URDANETA LINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 5.036.831, a los ciudadanos BENEDICTA DE JESUS AGUIAR RITO, MAYKOLL RAMON URDANETA AGUIAR, RANDY MARCEL URDANETA AGUIAR y HENDRIK SAUL URDANETA AGUIAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 5.163.393, 20.147.655, 20.147.664 y 17.669.104, respectivamente, dejándose a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.