PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) presentada por los ciudadanos MARIESTHER PRATO MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.560.818 y WILDER JOSE MALDONADO VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.198.908 y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil, por ellos celebrado en fecha veinticuatro (24) de Febrero de mil novecientos noventa y cuatro (1994), por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Antolin del Campo del estado Nueva Esparta, la cual quedó inserta bajo el Nº 03, según consta de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio anexa, la cual reposa en el Libro de Registro de Matrimonios llevados por el Registro Civil del Municipio Antolin del Campo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, se ordena conform.....