Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA, la apelación interpuesta por la parte demandante recurrente en contra de la decisión de fecha siete (07) de agosto del año 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesta por la parte demandada recurrente en contra de la decisión de fecha siete (07) de agosto del año 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
TERCERO: Con lugar la defensa de fondo alegada por la accionada relativa a la prescripción de las Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, inco.....