Con base a las consideraciones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y por Autoridad de la Ley, concede el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al  penado: JOSE LEONARDO SALAZAR VALERIO, venezolano, natural de Estado Vargas, nacido el 15-4-1.979,  de 31 años, titular de la cedula de identidad numero V- 16.552.312,  residenciado en los Bagres, calle los Flores, casa sin numero, Municipio Díaz, Estado Nueva Esparta, por el tiempo de DOS (2) AÑOS, OCHO (8) MESES Y  SEIS (6) DÍAS , contado a partir de la fecha de la notificación del presente auto; el cual cumplirá en la ciudad de Porlamar, debiendo cumplir las condiciones arriba indicadas. Todo de conformidad con los artículos 493 y 495, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese,  ofíciese lo conducente, notifíquese a las partes e i.....