Por los fundamentos expuestos, esta Sala número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Defensora Pública Décima adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, PAULA VILLALOBOS, en su carácter de defensora de la imputada ROSALIN DEL CARMEN MEDINA RODRÍGUEZ ya identificada, en contra de la decisión N° 2C- 1069-07, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, de fecha 14 de Junio de 2007, y en consecuencia, se CONFIRMA la decisión recurrida, por lo que no se hace procedente lo solicitado por la defensa, en cuanto a que se decrete a su representada la libertad plena e inmediata. ASÍ SE DECIDE.-