DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA FORMULA ALTERNATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA RELACIONADA AL RÉGIMEN ABIERTO, a la Penado ANA ESTELA RAMIREZ, venezolana, Natural de la Villa del Rosario, de 19 años de edad, portadora de la Cedula de Identidad Nº V-18.408.650 estado civil Soltera, con fecha de nacimiento 16-10-86, de profesión u oficio Estudiante, hija de ANA JOSEFINA RAMIREZ y JOAQUIN GÓMEZ, residenciada en La Villa del Rosario, sector 2 de febrero, casa S/N, cerca del Abasto 2 de Febrero, teléfono 0418-6356954, Estado Zulia, al no cumplir con todos y cada uno de los requisitos previstos en el Artículo 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario. En consecuencia, se o.....