Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes mencionados, este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la pretensión por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por la ciudadana EVELINDA DE LOS ANGELES SEGOVIA FERRER, en contra de las sociedades mercantiles EXGEO, C.A., y PDVSA, PETRÓLEO, S.A.
No procede la condenatoria en costas, toda vez que no consta en actas que la actora devengue más de tres salarios mínimos, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena notificar al ciudadano Procurador General de la República del presente fallo de conformidad al lo establecido en el artículo 95 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.