Con base en los anteriores razonamientos, este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a la penada ANGIE BERAU MESSUTI, ut supra identificado, por el lapso de UN (01) AÑO, contado a partir de la presente fecha, en consecuencia, la penada estará sometida al régimen de prueba hasta el 20 de Julio de 2007; debiendo cumplir las condiciones arriba indicadas, así como aquellas que le imponga el delegado de prueba. Todo de conformidad con los artículos 494, 495 y 500, todos del Código Orgánico Procesal Penal.