Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la apelación interpuesta por el profesional del derecho ARGENIS JOSÉ OLIVEROS LAMEDA, actuando en su propio nombre y con el carácter de apoderado de los ciudadanos MARÍA DOMINGA CORONEL DE BRICEÑO, ROSA ELVIRA CORONEL DE OCANDO, ELIDA DEL CARMEN CORONEL DE ESPINOZA, ELADIO JOSÉ CORONEL LAMEDA, EUCLIDES JOSÉ CORONEL LAMEDA, en su condición de herederos conocidos del de cujus MARTINEL APOSTOL CORONEL LAMEDA
• ORDENA a dicho Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Transito, continuar el procedimiento en la presente causa.
Queda de esta manera Revocada la decisión apelada en los términos contenidos en el presente fallo.
No se hace especi.....