Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: La Redención de UN (01) AÑO CINCO (5) MESES, SIETE (7) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, a la PENA impuesta al ciudadano DANIEL ENRIQUE RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cédula de identidad Nº 11.891.626, hijo de Nerio Rodríguez y Eloisa Sánchez, residenciado en la Urbanización Nueva Miranda, avenida principal, diagonal al Abasto Los Chinos, Puertos de Altagracia, Municipio Miranda del Estado Zulia; por el Trabajo y el Estudio realizado en el Internado Judicial de la Cárcel Nacional de Maracaibo, todo de conformidad con el articulo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, Así mismo se DECRETA el Cómputo de la Pena con Redención de 1 año, 5 meses, 7 días y 12 horas, de conformidad con l.....