III: DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos HIPOLITO RODRIGUEZ GONZALEZ y ANASTACIA RODRIGUEZ GABINO, anteriormente identificados, en fecha Veintinueve (29) de Mayo del año Mil Novecientos Ochenta (1.980), por ante el Registro Civil de la Parroquia Antimano del antes Departamento Libertador, Distrito Capital; (Hoy) Municipio Libertador, Distrito Capital, acta No. 79.- Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 de.....