Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primero Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1.- SIN LUGAR la demanda de NULIDAD DE VENTA intentada por el ciudadano MARIO ENRIQUE GONZALEZ GONZALEZ, contra del INSTITUTO DE DESARROLLO SOCIAL (IDES), y el ciudadano CARLOS PACHECO, todos plenamente identificados en actas.
2.- SE CODENA EN COSTAS a la demandante por haber sido totalmente vencida en la presente causa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.