Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos los ciudadanos ANA MARIA AZUAJE SOCORRO y JESNELL JESÚS GARCÍA GUTIÉRREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad Nros. 10.430.504 y 10.017.169 respectivamente, cuyo domicilio conyugal estuvo fijado en la jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día 22 de junio del 2012, por ante el Registrador Civil y la Secretaria de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, con el acta Nº 178, año 2012.
2) Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos.
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