Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Declara culpable al ciudadano EDUARD RAMON SOTO VARGAS Venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 04-11-1990, de profesión u oficio vigilante, titular de la cedula de identidad N° V-19.512.857, con domicilio en Los Gómez de Las Guevaras, casa 2 de color azul, cerca de la cancha, Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta de la comisión de delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN SU MODALIDAD DE DISTRIBUCION MENOR, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercer aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y vista la admisón de los hechos, lo condena a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS de prisi.....