este Tribunal le imparte su Homologación de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Desglosase de autos al escrito libelar que fue marcado con la Letra ¿B¿ y entréguese al apoderado de la parte actora previa su certificación en los autos y en el lugar que cursaba dicho escrito libelar que fue marcado con la Letra ¿B¿ certifíquese las copias de conformidad con lo pautado en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil autorizándose para ello a la ciudadana Juana Beatriz Brito Rivera, titular de la Cédula de Identidad Personal N° 8.392.345 quien conjuntamente con el Secretario del Tribunal firmará la certificación y cada una de sus páginas.- Se ordena el archivo del presente Expediente.-
El Juez Temporal,
Dr. Vicente Ordaz Villarroel.-
El Secretario,
Br. Alfredo José Rodríguez F.-
En esta misma fecha, Diecinueve de Mayo del Dos Mil Cuatro, se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste......