III.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos FRANCY DEL VALLE VALDIVIEZO BRAZON y ROBERTH JOSE RODRIGUEZ FARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-11.854.412 y V-12.223.658, respectivamente.-
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 17 de octubre de 1994, ante la Prefectura del Municipio Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta, asentado en el Acta Nº 377, Folio vto. 565 y 566, Tomo II, inserta en el libro de Matrimonios del Registro Civil del Municipio Mariño de este estado correspondiente al año 1994.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada.....