VI.- DECISIÓN.-
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrado justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: NULA LA SENTENCIA apelada dictada el 20 de septiembre de 2018 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, así como los actos subsiguientes a la admisión de la demanda.
SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado de admisión de la demanda, a los fines de que se ordene la notificación del Alcalde del Municipio Santiago Mariño del estado Bolivariano de Nueva Esparta sobre la interposición de la presente demanda, conforme a las previsiones previstas en el artículo 155 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
TERCERO: NO HA LUGAR a la condenatoria en costas, dado el carácter repositorio .....