1) Decretar la MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre:
A) El treinta por ciento (30%) del sueldo, utilidades o bonificaciones especiales de fin de año, bono vacacional, que percibe el ciudadano CARLOS LUIS ISTURRIETA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 14.873.818, como Empleado de la Empresa JEAN MOTORS, ubicado en la avenida Intercomunal de Turmero, a cien metros de Macro, Local 21, frente a la Empresa Reima Motors del Estado Aragua.
B) El treinta por ciento (30%) que le pueda corresponder al reclamado de autos por concepto de caja de ahorros.
C) El cien por ciento (100%) sobre primas por hijos, juguetes, útiles escolares o cualquier cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano antes nombrado.
D) El treinta por ciento (30%) sobre prestaciones sociales, fideicomiso que le puedan corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido o cualquier situación que de por terminada la relación laboral.
Las cantidades a retener.....