Vista la diligencia recibida en fecha cinco (5) de Marzo de 2.011 por la parte actora ciudadana DAYANA RÍOS asistida por el apoderado judicial abogado Ricardo Gordones, inpreabogado N° 85.258, mediante la cual Desiste del procedimiento por Prestaciones Sociales en contra de ORLANDO CHACON, en consecuencia este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO.