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Decisiones del dia 19/02/2016

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 12.938 N° Sentencia : S2-027-16 Fecha: 19/02/2016
Procedimiento:
Recurso De Hecho
Partes:
NORBERTO HERNÁNDEZ IBARRA CONTRA AUTO PROFERIDO POR EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Resumen:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con ocasión al juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO, incoado por el ciudadano NORBERTO HERNÁNDEZ IBARRA, contra la sociedad mercantil CENTRO QUIRÚRGICO SANTA MARÍA, C.A., declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado GIOVANNI JELAMBI PÁEZ, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil CENTRO QUIRÚRGICO SANTA MARÍA, C.A., contra auto, de fecha 30 de noviembre de 2015, proferido por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SEGUNDO: SE CONFIRMA el referido auto, de fecha 30 de noviembre de 2015, proferido por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL D.....
Juez/Ponente:
Glorimar Soto Romero
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil
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N° Expediente : S-01-16 N° Sentencia : S2-028-16 Fecha: 19/02/2016
Procedimiento:
Exequatur
Partes:
SOLICITANTE DERBYS EZEQUIEL MOLERO BRACHO
Resumen:
En consecuencia, con fundamento a todas las consideraciones esbozadas, concordantes con los dispositivos normativos referenciados, la doctrina y la jurisprudencia acogida, resulta acertado en derecho para esta Jurisdicente de Alzada considerar que el desistimiento de la solicitud de exequátur efectuado por los apoderados judiciales de la parte solicitante, como acto de autocomposición procesal de una solicitud de exequátur, se encuentra válidamente consumado y cumplido con base al examen general de los presupuestos procesales que disponen los artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil, anteriormente citados, y por ende se le imparte su aprobación, declarándose HOMOLOGADO, y otorgándosele el carácter de cosa juzgada, todo lo cual origina la extinción de esta segunda instancia a tenor de la norma consagrada en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, referida al conocimiento que era objeto de esta operadora de justicia en virtud de la solicitud de exequátur desi.....
Juez/Ponente:
Glorimar Soto Romero
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil
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