Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la motiva de esta decisión, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
• PRIMERO: CON LUGAR el acto procesal por antonomasia que contiene la pretensión y el derecho material de la parte actora, esto es, la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoara la Sociedad Mercantil INVERSORA BARATEN, C.A., contra la Sociedad Mercantil INDUSTRIA CARNICA, C.A., y el ciudadano RODOLFO DE JESUS GUERRA CHACIN.
• SEGUNDO: Hacer entrega a la Sociedad Mercantil INVERSORA BARATEN, C.A., el local comercial arrendado, distinguido con el N° 5, del Mini Centro Comercial Magabety, ubicado en el inmueble signado con el N° 13 A-142 de la Avenida 14-A, esquina Calle 80, en jurisdicción de la Parroquia Santa Lucía, del Municipio Maracaibo,.....