este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano CESARE MAZORCCA GIOVANI actuando con el carácter de Presidente de la parte demandada, asistido por el profesional del derecho CARLOS MALAVE2) SE DECLARA la Confesión Ficta Absoluta de la parte demandada, y en consecuencia, la admisión de los hechos en virtud de su incomparecencia al inicio de la audiencia preliminar. 3) CON LUGAR la demanda queintentó el ciudadano OSWALDO JESUS MENDOZA MONASTERIO en contra de la Sociedad Mercantil CONSORCIO CYAMCO.4) SE CONDENA a la sociedad mercantil CONSORCIO CYAMCO, a pagar al actor ciudadano OSWALDO JESUS MENDOZA MONASTERIO la cantidad de Bs.F. 24.902,75, más la cantidad que resulte de la experticia complementaria del fallo.