PRIMERO: CON LUGAR la acción interpuesta por los abogados ALEXANDRE FERRAO y ROSANNA ASPITE, en su carácter de apoderado judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., contra la ciudadana DINORAH SOL VEIGA PEREZ, identificada en autos.
SEGUNDO: Se acuerda la continuación de la ejecución hipotecaria constituida sobre el inmueble identificado en el documento hipotecario, procediéndose conforme a lo establecido en el primer aparte del artículo 662 del Código de Procedimiento Civil, limitando la ejecución a las siguientes cantidades:
a.- La cantidad de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL OCHENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (Bs. 14.940.084,06) por concepto de capital, en virtud del préstamo otorgado.
b.- La suma de CINCO MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL OHOCIENTOS SEIETE BOLIVARES CON DIECINUEVE CENTIMOS (Bs. 5.720.807,19) por concepto de cuotas atrasadas las cuales comprenden amortización de capital e intereses desde la correspondiente al 29-08-00 y hasta el 07-10-02.
TERC.....