Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL DUODECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, propuesta por los ciudadanos MAIDELYN CHIQUINQUIRA PAZ GUTIERREZ E IVAN JOSE ALMARZA GUERRA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-19.306.869 y V-20.661.565, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día primero (01) de agosto del año dos mil catorce (2014), por ante la Registradora Civil de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del estado Zulia, según acta de matrimonio signada con el No. 277. ASI SE DECIDE.-