El Tribunal comprobado como ha sido el derecho que la solicitante alega, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana IVANA CAROLINA VALDEZ SILVA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.896.111, sobre unas bienhechurías consistentes en un local comercial con un área aproximada de Quinientos Sesenta y Siete metros cuadrados con Treinta y Un Centímetros (567,31mts), el cual consta de área de oficina, área de deposito y área de taller y deposito, tres (3) baños, construida con techo de platabanda, piso de cemento, portón de estructura de hierro y puerta de hierro, santamaría, puertas de madera, ventanas de aluminio con rejas protectoras, un tanque de agua, paredes frisadas y pintadas con acabados de primera, con sus respectivas instalaciones de aguas blancas y negras, e instalaciones eléctricas. Dichas mejo.....