Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud fiscal, y en consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de EDUBAR VALLE LOPEZ y JORGE LUIS PIRELA LOPEZ, por la presunta comisión del delito (s) de LESIONES PERSONALES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el artículo 415 (hoy artículo 413) del Código Penal, en perjuicio de BREIDY ANTONIO PAZ SIAERRA, identificado en actas, de conformidad con el artículo 318.3° del Código Orgánico Procesal Penal y en concordancia con lo establecido en el artículo 108.5° del Código Penal. Regístrese, publíquese y notifíquese. Una vez vencido el lapso legal, remítase el presente asunto penal al Archivo Judicial.-----------------------