DISPOSITIVA:
Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN SANTA BARBARA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN; y en consecuencia, decreta, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, donde aparece como imputado el ciudadano HECTOR JOSE VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, casado, chofer, portador de la cédula de identidad N° V.-3.819.962, natural de Yaguaraparo, Estado Sucre y residenciado en la Urbanización Sucre, Edificio 21, Calle 34, entrada B, Primer Piso, Nº 0001, Barquisimeto Estado Lara, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES CULPOSAS LEVES Y LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVES previstos y sancionados en los artículos 418 y 417 en concordancia con el Artículo 422 Ordinal Primero y Segundo todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Or.....